Córdona Heróica repudia las palabras de odio hacia los ciudadanos Argentinos. Y solicita a las autoridades tomen medidas para evitar las discriminaciones xenofogas de politicos hacia los ciudadanos.

Desde Cordoba Heroica le decimos ¡Basta! a las discriminaciones xenofogas de politicos argentinos para con sus ciudadanos. Exigimos de las autoridades se dicten leyes condenando palabras y calificativos tales como: "Odio", "Golpista", "Gorila", "Oligarca", "vende patria", "cipayo", "nazi", "fascista", "Buitre", "Destituyente".


EXIGIMOS JUSTICIA POR: Las víctimas mortales de la tragedia del tren de Once: Juan Carlos Alonso; Karina Mariela Altamirano; Jonathan Maximiliano Báez; Dionisia Barros; Claudio F. Belforte; Natalia Benitez; Federico Agustín Bustamante; Micaela Cabrera Machicao; Darío Cellie; Daniel R. Matías Cerricchio; Juan Daniel Cruz; Graciela Beatriz Díaz; Sabrina Florencia Espíndola; Lucía Fernández Chaparro; Florencia Fernández Sugastti; Juan Leonel Frumento; Yolanda Sabrina Galván; Carlos María Garbuio; Alberto David García; Mónica Garzón; Marcela Alejandra Gómez; Ranulfo González Centurión; Verónica González Franco; Claudia Mariel Izzia; Fernando Andrés Lagrotta; Estela Legia (o Lei Jiang Yan); Nayda Tatiana Lezamo; Isabel López; Nancy López; Roberto López Pacheco; Alex Nahuel Martínez; Lucas Menghini Rey; Marina Moreno; Miguel Angel Núñez Vilcapona; Lucas Gabriel Palud Quini; Sofía Peralta; Silvia Gabriela Pereyra; Gloria Cecilia Pinilla León; Tatiana Pontiroli; Esther Sandra Reyes; Braulio Romero; Graciela Romero; María Scidone; Rosa Margarita Tevez; Sonia Torres Rolón; Gloria Alejandra Troncoso; Nicolás Elías Villalba; Pablo Fernando Zanotti; Cristian Zavala; Ana Teresa Zelaya; Ariel Zúñiga. VÍCTIMAS DE UN ESTADO IRRESPONSABLE - ¡JUICIO Y CASTIGO A LOS RESPONSABLES POLÍTICOS Y EMPRESARIALES!

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viernes, 26 de noviembre de 2010

ley de medios: otro paso para su inconstitucionalidad

Ley de medios: nuevo revés judicial para el Gobierno.
La Justicia volvió a convalidar la suspensión del artículo de la ley de medios referido a la desinversión.

Edmundo Carbone, titular del juzgado Civil y Comercial Federal 1, rechazó un pedido del Estado para que se levante la medida cautelar que suspendió la aplicación del artículo 161 de la ley 26.522de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Esa disposición es la que fija el plazo de un año para que las empresas de comunicación vendan algunos de sus canales de televisión y radios y se adecuen a la nueva ley, sancionada por el Congreso en octubre de 2009.

El magistrado también rechazó fijar un plazo para la vigencia de esa medida cautelar dictada en el marco de una causa iniciada por el Grupo Clarín.

"Las medidas cautelares no están sujetas a un plazo de vigencia, pues de lo contrario, se desnaturalizaría su finalidad, cuál es la evitar que la sentencia que eventualmente se dicte se torne ilusoria. A lo que cabe agregar que persisten en autos los requisitos de procedencia de la medida cautelar solicitada y decretada", argumentó Carbone en su fallo.

El mes pasado, la Corte Suprema había confirmado la misma medida cautelar que hoy convalidó el juez. Por unanimidad dispuso que continuará suspendido el plazo de un año que establece el artículo 161 de la ley de medios.

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