Córdona Heróica repudia las palabras de odio hacia los ciudadanos Argentinos. Y solicita a las autoridades tomen medidas para evitar las discriminaciones xenofogas de politicos hacia los ciudadanos.

Desde Cordoba Heroica le decimos ¡Basta! a las discriminaciones xenofogas de politicos argentinos para con sus ciudadanos. Exigimos de las autoridades se dicten leyes condenando palabras y calificativos tales como: "Odio", "Golpista", "Gorila", "Oligarca", "vende patria", "cipayo", "nazi", "fascista", "Buitre", "Destituyente".


EXIGIMOS JUSTICIA POR: Las víctimas mortales de la tragedia del tren de Once: Juan Carlos Alonso; Karina Mariela Altamirano; Jonathan Maximiliano Báez; Dionisia Barros; Claudio F. Belforte; Natalia Benitez; Federico Agustín Bustamante; Micaela Cabrera Machicao; Darío Cellie; Daniel R. Matías Cerricchio; Juan Daniel Cruz; Graciela Beatriz Díaz; Sabrina Florencia Espíndola; Lucía Fernández Chaparro; Florencia Fernández Sugastti; Juan Leonel Frumento; Yolanda Sabrina Galván; Carlos María Garbuio; Alberto David García; Mónica Garzón; Marcela Alejandra Gómez; Ranulfo González Centurión; Verónica González Franco; Claudia Mariel Izzia; Fernando Andrés Lagrotta; Estela Legia (o Lei Jiang Yan); Nayda Tatiana Lezamo; Isabel López; Nancy López; Roberto López Pacheco; Alex Nahuel Martínez; Lucas Menghini Rey; Marina Moreno; Miguel Angel Núñez Vilcapona; Lucas Gabriel Palud Quini; Sofía Peralta; Silvia Gabriela Pereyra; Gloria Cecilia Pinilla León; Tatiana Pontiroli; Esther Sandra Reyes; Braulio Romero; Graciela Romero; María Scidone; Rosa Margarita Tevez; Sonia Torres Rolón; Gloria Alejandra Troncoso; Nicolás Elías Villalba; Pablo Fernando Zanotti; Cristian Zavala; Ana Teresa Zelaya; Ariel Zúñiga. VÍCTIMAS DE UN ESTADO IRRESPONSABLE - ¡JUICIO Y CASTIGO A LOS RESPONSABLES POLÍTICOS Y EMPRESARIALES!

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miércoles, 16 de mayo de 2012

SIDE ELECTORAL

El Senado de la Nación convertirá en ley, este miércoles 16/05, la iniciativa que reforma el Código Electoral, para que el sufragio pueda emitirse sólo con la tarjeta de identidad y no con el DNI. La iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo establece el reemplazo del DNI libreta por una tarjeta para todos los trámites y obligaciones cívicas. Mientras que la constancia del voto, según el artículo 5 de la norma, será entregada por el presidente de la mesa electoral que contendrá los datos del votante. Sin embargo, el formato de dicha constancia será establecido durante la reglamentación de la ley. La iniciativa del Poder Ejecutivo, impone una multa que va entre los $ 50 y $ 500, al elector que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección. Cuando se acreditare la no emisión por alguna de las causales que preve en el artìculo 12 de la ley 19.945, donde se establecen la exención de la obligación de votar (mayores de 70 años, enfermos, los que vivan a más de 500 km, etc), se entregará una constancia al efecto. El infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos, durante 3 años. Quien no hiciera la justiticación del voto, no podrá realizar gestiones o trámites durante 1 año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales. Este plazo empezará a regir a partir del vencimiento de los 60 días. El proyecto en cuestión obliga a todos los empleados de la administración pública nacional, provincial, de la ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipal, a presentar a sus superiores inmediatos la constancia de emisión del voto, el día siguiente a la elección, para permitir la fiscalización del cumplimiento de su deber de votar. Si no lo hiciere serán sancionados hasta con 6 meses de suspensión y en caso de reincidencia podrán llegar hasta la cesantía. Asimismo " los jefes a su vez darán cuenta a sus superiores, por escrito y de inmediato de las omisiones que sus subalternos hubieran incurrido. La omisión o inexactitud en tales comunicaciones también se sancionará con suspensión de hasta 6 meses. Las comunicaciones tendrán que establecer el nombre del empleado, último domicilio que figure en el documento, clase, distrito electoral, sección, circuito y número de mesa en que debía votar y causa por la cual no la hizo. La iniciativa también establece una multa de $500 a los empleados públicos que admitan gestiones o trámites en sus respectivas oficinas o dependencias hasta 1 año después de vencido el plazo, sin exigir la presentación de la constancia de emisión del sufragio, la justificación correspondiente o la constancia de pago de multa.

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