PARTE DE PRENSA CAUSA LARRABURE
En relación a noticias difundidas por mails, no elaborados por la querella y su apoderado, con respecto al estado de la causa donde se investiga el secuestro, tortura y asesinato del Cnel Argentino del Valle Larrabure, como hijo del mismo y querellante en la causa, aclaro:
1.-Que en el año 2008, el Fiscal General de la Cámara Federal de Rosario, Dr. Claudio Palacín, consideró dados todos los requisitos jurídicos para impulsar la instrucción de una investigación jurisdiccional penal integral, profunda y plena, en relación al asesinato del Cnel Argentino del Valle Larrabure, secuestrado por el ERP en 1974, en ocasión del copamiento a la Fábrica Militar de Villa María, torturado reiteradamente y finalmente ahorcado al negarse a fabricarle explosivos.
2.- En su extenso y sólido dictamen el Fiscal General consideró que en principio corresponde considerar crimen de lesa humanidad a tal asesinato, exigiendo la producción de todas las medidas investigativas, incluida la citación de los presuntos imputados a prestar declaración indagatoria.
3. En cumplimiento de lo ordenado en ese dictamen, se ha venido desarrollando desde entonces, por impulso exclusivo de la querella, una intensa actividad probatoria que ha insumido once cuerpos del expediente, habiendo declarado Antonio Cafiero, el médico de Perón, Pedro Cossio, su edecán, Cnel Carlos Corral, Carlos Ruckauf, Antonio Caparrós, Claudia Rucci, José Pablo Feinmann, Julio Bárbaro y Graciela Fernández Meijide, faltando sólo la declaración de Miguel Bonasso para concluir la etapa de prueba testimonial. Paralelamente se ha acompañado a la causa abundante prueba documental destinada a probar el ataque sistemático a la población civil realizado por el ERP en cumplimiento de su plan criminal trazado para tomar el poder y destruir la república. A través de dicha prueba se ha demostrado que el terrorismo guerrillero fue de Estado por haber contado con el apoyo y financiamiento de Cuba y del Estado argentino, por acción u omisión. Se ha acreditado también que las organizaciones guerrilleras proyectaban, de obtener el poder, implantar la dictadura del proletariado lo que hubiera provocado más de 500.000 víctimas entre fusilados y detenidos.
4.Han sido identificados los autores mediatos del crimen de lesa humanidad, siendo deber del juez ordenar su indagatoria.
Fdo. Arturo Cirilo Larrabure. Querellante. 1.8.2016
viernes, 5 de agosto de 2016
LARRABURE
PARTE DE PRENSA CAUSA LARRABURE
En relación a noticias difundidas por mails, no elaborados por la querella y su apoderado, con respecto al estado de la causa donde se investiga el secuestro, tortura y asesinato del Cnel Argentino del Valle Larrabure, como hijo del mismo y querellante en la causa, aclaro:
1.-Que en el año 2008, el Fiscal General de la Cámara Federal de Rosario, Dr. Claudio Palacín, consideró dados todos los requisitos jurídicos para impulsar la instrucción de una investigación jurisdiccional penal integral, profunda y plena, en relación al asesinato del Cnel Argentino del Valle Larrabure, secuestrado por el ERP en 1974, en ocasión del copamiento a la Fábrica Militar de Villa María, torturado reiteradamente y finalmente ahorcado al negarse a fabricarle explosivos.
2.- En su extenso y sólido dictamen el Fiscal General consideró que en principio corresponde considerar crimen de lesa humanidad a tal asesinato, exigiendo la producción de todas las medidas investigativas, incluida la citación de los presuntos imputados a prestar declaración indagatoria.
3. En cumplimiento de lo ordenado en ese dictamen, se ha venido desarrollando desde entonces, por impulso exclusivo de la querella, una intensa actividad probatoria que ha insumido once cuerpos del expediente, habiendo declarado Antonio Cafiero, el médico de Perón, Pedro Cossio, su edecán, Cnel Carlos Corral, Carlos Ruckauf, Antonio Caparrós, Claudia Rucci, José Pablo Feinmann, Julio Bárbaro y Graciela Fernández Meijide, faltando sólo la declaración de Miguel Bonasso para concluir la etapa de prueba testimonial. Paralelamente se ha acompañado a la causa abundante prueba documental destinada a probar el ataque sistemático a la población civil realizado por el ERP en cumplimiento de su plan criminal trazado para tomar el poder y destruir la república. A través de dicha prueba se ha demostrado que el terrorismo guerrillero fue de Estado por haber contado con el apoyo y financiamiento de Cuba y del Estado argentino, por acción u omisión. Se ha acreditado también que las organizaciones guerrilleras proyectaban, de obtener el poder, implantar la dictadura del proletariado lo que hubiera provocado más de 500.000 víctimas entre fusilados y detenidos.
4.Han sido identificados los autores mediatos del crimen de lesa humanidad, siendo deber del juez ordenar su indagatoria.
Fdo. Arturo Cirilo Larrabure. Querellante. 1.8.2016
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