Los jubilados volvimos a ser “el pato de la boda”
Por Carta de Lectores - 30/09/2018
Una vez más, los jubilados volvemos a ser “el pato de la boda”. No hay duda que siempre nos tratan de “Pajarracos”;puesto que en oportunidad de vetar la Ley del 82% Móvil, la “Ágata Galiffi” Calafateña, Reyna de la Mafia Surera nos llamó “Buitres”y “Caranchos”por el sólo hecho de reclamar por nuestros
Derechos Constitucionales.
Hoy nuevamente parece ser que los Jubilados volvemos a ser los únicos responsables de llevar al país al default, si nos pagan lo que nos corresponde. Por tal motivo la ANSeS ha apelado todas las Sentencias Firmes de los Juicios por Reajuste de Haberes, elevándolas a la Corte Suprema; en primer lugar, para seguir “haciendo tiempo”y segundo para que el Alto Tribunal nos termine dando “el tiro de gracia”.
La controversia alude a que ANSeS quiere aplicar el índice RIPTE, que estipula un aumento del 178%; en lugar de hacerlo tal como se hizo entre los años 1995 y febrero de 2009 que se aplicó el incremento del ISBIC que fija el índice del 435%. Por tanto, esa diferencia disminuye los aumentos de los retroactivos y los ajustes de los haberes, tal como muy bien lo explica el periodista de Clarín, Ismael Bermúdez; a quien no podremos dejar de agradecer jamás, su dedicación y eficaz trabajo en favor de la clase pasiva.
En el día de ayer, en un Ejemplar Fallo, la Sala II la Cámara de la Seguridad Social, integrada por el Probo y Honesto Sr. Juez de Cámara, Don Luis René Herrero y la Sra. Jueza de Cámara, Dra. Nora Carmen Dorado; señalan que “la Constitución Nacional establece en su Art. 14 bis, una protección operativa a las Jubilaciones y Pensiones, lo que significa asegurar a los beneficiarios un nivel de vida similar - dentro de una proporcionalidad justa y razonable – según la remuneraciones percibidas en actividad. Se trata, por consiguiente, de un mecanismo constitucional que garantiza la adecuada relación del haber de pasividad con el nivel de ingresos laborales percibidos”.
Por consiguiente, la SCJN deberá homologar o no dicha Resolución Judicial; por lo tanto sólo debemos esperar otro “tiro de gracia”,puesto que los Jubilados seguimos siendo “Pajarracos”de tiro al blanco; por tal, hoy más que “Patos”de la boda, “Buitres”o “Caranchos”, pasamos a ser “Pájaros Bobos”,por estar más a tono con los cientos de miles de millones de dólares que los “Pingüinos K”, nos han robado desde los feudos de su real “bajeza”patagónica, pertrechada detrás de una muy discutible “impunidad”parlamentaria, en el aguantadero legislativo, con muchos cómplices necesarios de todos sus latrocinios K.
Francisco Viotti
DNI 4.520.511
jos-efe@yahoo.com.ar
domingo, 30 de septiembre de 2018
PATOS DE LA BODA
Los jubilados volvimos a ser “el pato de la boda”
Por Carta de Lectores - 30/09/2018
Una vez más, los jubilados volvemos a ser “el pato de la boda”. No hay duda que siempre nos tratan de “Pajarracos”;puesto que en oportunidad de vetar la Ley del 82% Móvil, la “Ágata Galiffi” Calafateña, Reyna de la Mafia Surera nos llamó “Buitres”y “Caranchos”por el sólo hecho de reclamar por nuestros
Derechos Constitucionales.
Hoy nuevamente parece ser que los Jubilados volvemos a ser los únicos responsables de llevar al país al default, si nos pagan lo que nos corresponde. Por tal motivo la ANSeS ha apelado todas las Sentencias Firmes de los Juicios por Reajuste de Haberes, elevándolas a la Corte Suprema; en primer lugar, para seguir “haciendo tiempo”y segundo para que el Alto Tribunal nos termine dando “el tiro de gracia”.
La controversia alude a que ANSeS quiere aplicar el índice RIPTE, que estipula un aumento del 178%; en lugar de hacerlo tal como se hizo entre los años 1995 y febrero de 2009 que se aplicó el incremento del ISBIC que fija el índice del 435%. Por tanto, esa diferencia disminuye los aumentos de los retroactivos y los ajustes de los haberes, tal como muy bien lo explica el periodista de Clarín, Ismael Bermúdez; a quien no podremos dejar de agradecer jamás, su dedicación y eficaz trabajo en favor de la clase pasiva.
En el día de ayer, en un Ejemplar Fallo, la Sala II la Cámara de la Seguridad Social, integrada por el Probo y Honesto Sr. Juez de Cámara, Don Luis René Herrero y la Sra. Jueza de Cámara, Dra. Nora Carmen Dorado; señalan que “la Constitución Nacional establece en su Art. 14 bis, una protección operativa a las Jubilaciones y Pensiones, lo que significa asegurar a los beneficiarios un nivel de vida similar - dentro de una proporcionalidad justa y razonable – según la remuneraciones percibidas en actividad. Se trata, por consiguiente, de un mecanismo constitucional que garantiza la adecuada relación del haber de pasividad con el nivel de ingresos laborales percibidos”.
Por consiguiente, la SCJN deberá homologar o no dicha Resolución Judicial; por lo tanto sólo debemos esperar otro “tiro de gracia”,puesto que los Jubilados seguimos siendo “Pajarracos”de tiro al blanco; por tal, hoy más que “Patos”de la boda, “Buitres”o “Caranchos”, pasamos a ser “Pájaros Bobos”,por estar más a tono con los cientos de miles de millones de dólares que los “Pingüinos K”, nos han robado desde los feudos de su real “bajeza”patagónica, pertrechada detrás de una muy discutible “impunidad”parlamentaria, en el aguantadero legislativo, con muchos cómplices necesarios de todos sus latrocinios K.
Francisco Viotti
DNI 4.520.511
jos-efe@yahoo.com.ar
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